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Alivio fiscal histórico: detalles del proyecto de Caputo para masificar el Régimen de Ganancias Simplificado

El ministro Caputo anunció una nueva ley que modificará la Inocencia Fiscal para que el Impuesto a las Ganancias Simplificado tenga más beneficios

El ministro de Economía, Luis Caputo, prepara una ley correctiva de la Inocencia Fiscal para modificar el Régimen de Ganancias Simplificado, que permitirá que ingresen al régimen casi todos los contribuyentes, eliminándose barreras que existen hoy, junto a peligros que hacen caer los beneficios.

Los aspectos principales que contendría el nuevo proyecto sobre el Régimen Simplificado de Ganancias tienen que ver con los dos puntos siguientes, coinciden Félix Rolando, de Andersen Argentina, y César Litvin, del estudio LLA:

Quiénes podrán ingresar a Ganancias Simplificado

El régimen de Ganancias Simplificado es una nueva modalidad de presentación de la declaración jurada que aplica solamente a personas humanas y sucesiones indivisas residentes, y seguirá vedado solo para quienes sean grandes contribuyentes nacionales.

Hasta ahora también se agrega que no podrán adherir contribuyentes con ingresos que superen los $1.000 millones y sus bienes superen los $10.000 millones valuados de acuerdo a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero esta condición dejará de regir.

Pero con el nuevo proyecto, muchos más contribuyentes podrán ingresar a Ganancias Simplificado, ya que se eliminará el límite patrimonial y de ingresos, permitiendo de esta manera que ingrese una gran cantidad de contribuyentes, sin importar los ingresos o patrimonio que tengan, coinciden los expertos.

“Con la nueva ley, sólo quedarían excluido los grandes contribuyentes nacionales”, indica Rolando.

“Esta modificación daría lugar un mejor cumplimiento del principio de igualdad, al no establecer umbrales y discriminaciones entre los contribuyentes”, opina.

Pero, el nuevo régimen no cambia ninguna norma del Impuesto a las Ganancias, sino que simplifica la presentación al no obligar a informar el patrimonio ni a determinar el consumido, a la vez que simplifica la carga al solicitar menos información respecto a bienes y títulos dentro de cada categoría.

Cuándo se podrá mantener vigente ahora

Se eliminaría la caída del régimen por una diferencia o discrepancia significativa. En caso de una fiscalización del año base (2025), si se acepta y se paga la diferencia, se mantendrá la prohibición para ARCA de revisar 2022, 2023 y 2024, explican los expertos.

Respecto de esto, queda en discusión la fecha en la que cae el beneficio si el contribuyente discute un criterio técnico, señala una fuente sin dar su nombre.

Los contadores piden que, en caso de una diferencia técnica que el contribuyente discuta en la Justicia, ese desbloqueo de los años no prescriptos solo pueda producirse cuando haya sentencia firme (de la Corte Suprema de Justicia), afirma.

Este pedido de los expertos se basa en lo que ya pasó con un “tapón fiscal” que ofrecía un blanqueo que puso en vigor el ex ministro de Economía Domingo Cavallo, que en muchos casos se discutió en la Justicia, y los contribuyentes ganaron en la Corte Suprema de Justicia, pero ya habían sido fiscalizados sin el bloqueo, sostiene.

Cuándo existe hoy discrepancia significativa

ARCA presume que la declaración simplificada es correcta y no revisa hacia atrás, a menos que detecte una discrepancia significativa en el período base que se está declarando. La normativa establece tres parámetros objetivos para que una diferencia sea calificada como tal:

El parámetro porcentual (15%): cuando la fiscalización detecta una omisión de ingresos o el cómputo de deducciones improcedentes que generen un incremento del impuesto a favor del fisco (o una reducción de quebrantos o saldos a favor) igual o superior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente.

El parámetro penal ($100 millones): cuando la diferencia nominal detectada supere el umbral de la evasión impositiva simple previsto en el Régimen Penal Tributario, fijado actualmente en $100 millones.

Facturas apócrifas: la utilización de comprobantes o facturas apócrifas que alteren el saldo a favor del fisco o disminuyan los quebrantos.

Qué cambia con la nueva ley

Hoy la caída del Régimen de Ganancias Simplificado es automática en caso de que aparezca una diferencia de 15% o de $100 millones en la declaración del año base (2025).

Sin embargo, si aparecen facturas apócrifas, el contribuyente puede rectificar la declaración e ingresar la diferencia con intereses ante la impugnación del organismo, y no pierde los beneficios.

Con la nueva ley, el contribuyente de Ganancias Simplificado podrá realizar esta rectificación en cualquiera de los tres casos de diferencia significativa.

Qué consecuencias tiene la diferencia significativa

Los beneficios clave de este régimen son el “efecto liberatorio” del pago del año base y la “presunción de exactitud” que blinda los años anteriores. Si ARCA rompe esa presunción al demostrar una diferencia significativa, las consecuencias son las siguientes:

Pérdida de la presunción de exactitud: cae el blindaje legal. ARCA queda completamente habilitada para desplegar sus facultades de verificación y fiscalización.

Extensión a períodos no prescriptos: ARCA recupera la potestad de revisar, determinar de oficio y exigir deudas por todos los períodos fiscales anteriores que no hayan prescripto, tanto en el Impuesto a las Ganancias como en IVA.

Caída del beneficio de variación patrimonial: al caer el régimen, el contribuyente pierde la dispensa de no justificar el origen de los fondos o movimientos impositivos de esos años, reactivándose los métodos tradicionales de presunción patrimonial (como el incremento patrimonial no justificado).

Aplicación de sanciones: además del cobro de las diferencias de impuestos con intereses resarcitorios y punitorios, se aplican las multas por omisión o defraudación contempladas en la Ley de Procedimiento Tributario y, de corresponder por los montos, las acciones penales respectivas.

En resumen, la aparición de una diferencia significativa opera como un disparador que desarticula por completo el beneficio de estabilidad y cierre definitivo que ofrece Ganancias Simplificado, devolviendo al contribuyente al régimen general de fiscalización integral y retroactiva, y este peligro es lo que disminuye fuertemente con la nueva ley.

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