El Gobierno desreguló el servicio de rampas en aeropuertos: cómo funciona

En medio del conflicto con Intercargo y gremios del sector, el Gobierno avanzó con la reglamentación de la desregulación de los servicios de rampa en todos los aeropuertos del país. Representa el fin de la exclusividad de la empresa estatal

La Secretaría de Transporte aprobó la reglamentación de las autorizaciones para operar los servicios de rampa en los aeropuertos de todo el país, permitiendo incluso que sea prestado por personal de fuerzas de seguridad de manera excepcional, en medio del conflicto que el Gobierno mantiene con los gremios de la actividad y que este jueves desencadenó el despido de 15 empleados de la empresa estatal Intercargo.

La medida se plasmó en la resolución 49/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, luego del anuncio realizado por los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich, y de Desregulación, Federico Sturzenegger; el secretario de Transporte, Franco Mogetta, y el vocero de Presidencia, Manuel Adorni.

La norma incluye en un anexo el “Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general” que en sus principales novedades habilita la operación de los servicios de rampa a “cualquier persona física o jurídica”.

Libre explotación del servicio

Los operadores que resulten autorizados podrán negociar “libremente” las condiciones con los explotadores de los servicios aeroportuarios, “respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho”, establece la resolución en su artículo 5.

En un comunicado, Transporte sostuvo que la decisión “resulta imperiosa en vista de los hechos acontecidos esta semana en el Aeroparque Internacional Jorge Newbery y hace aún más relevante el abordaje sistémico e integral de los servicios aeroportuarios de atención en tierra a las aeronaves y de rampa”.

La referencia es a la medida de fuerza de los trabajadores de Intercargo que dificultó la operación de las aeronaves e impidió en algunos casos el traslado de pasajeros que debieron permanecer cerca de dos horas sin poder salir de los aviones.

Fuerzas de Seguridad

“Las fuerzas públicas podrán actuar de forma inmediata en situaciones de paros encubiertos o medidas de fuerza extorsivas que perjudiquen a los pasajeros y afecten el normal funcionamiento aeroportuario, llevando adelante de manera temporal y excepcional los servicios de rampa y aeroportuarios operacionales en beneficio de las líneas aéreas y de los pasajeros”, agregó.

Pero al margen de la posibilidad de la intervención de fuerzas de seguridad -algo que ya ocurrió ayer- la resolución va más allá al permitir la operación a cualquier particular que cumpla con un mínimo de requisitos, lo que representa el fin del monopolio de Intercargo.

Al respecto, Transporte recordó que “en lo que va del año, Intercargo realizó 16 asambleas y 4 paros, perjudicando enormemente a los pasajeros que en todas estas oportunidades quedaron varados arriba del avión o a la espera de su equipaje”.

“Con esta desregulación, las personas no podrán ser tomadas nuevamente de ‘rehenes’ a causa de medidas gremiales ajenas a sus intereses”, aseguró.

Silencio positivo

Asimismo, la repartición a cargo de Mogetta aclaró que la normativa “está enmarcada en el principio de ‘Silencio Positivo’ con el objetivo de desburocratizar y agilizar las tramitaciones necesarias”.

“Es decir que, cumplido un cierto tiempo de iniciado el trámite y habiéndose verificado el cumplimiento de todas las condiciones operativas, técnicas y de seguridad; la autorización será automática y tendrá una
duración de 15 años con posibilidad de renovación”, precisó.

La resolución también dispuso que en los aeródromos o aeropuertos en los que la demanda de prestadores supere la oferta de espacios y recursos aeroportuarios disponibles, “la autoridad de aplicación aprobará el método de asignación de los mismos preservando los criterios de la sana competencia”.

Además de la operación, la medida también desregula las tarifas del servicio, “dejando sin efecto los actos administrativos que las imponen y permitiendo que el mercado, en sana competencia, pueda arbitrar libremente los precios”.

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