La CNV simplificó el acceso al mercado de capitales
El organismo dispuso la agilización de las colocaciones, facilitando la emisión, para mejorar la competitividad del mercado local
La Comisión Nacional de Valores ( CNV) introdujo más modificaciones a la normativa del mercado de capitales, con el objeto de “simplificar procedimientos, agilizar las colocaciones y mejorar la competitividad”, con la desregulación de procedimientos que facilitan la emisión.
Las novedades en el marco regulatorio se detallan en la Resolución General 1076/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, que entre sus modificaciones principales suprime la obligación de notificar con 5 días de antelación la intención de emitir por parte de los Emisores Frecuentes, así como la obligación de informar su desistimiento.
“Seguimos aprobando normas que desregulan y simplifican los procedimientos del mercado de capitales argentino, facilitando la emisión, sin resignar la protección del inversor”, destacó al respecto el presidente de la Comisión, Roberto Silva, quien valoró la política de “eliminación de trámites innecesarios y barreras operativas”, en línea con directivas del Gobierno nacional.
Otras modificaciones
Además de la supresión de la obligación de notificar con 5 días de anticipación de la intención de emitir, se habilita la emisión y/o reemisión de series o clases dentro del monto global autorizado bajo el Régimen de Emisor Frecuente, equiparando dicha facultad con la prevista para los Programas Globales.
“Esta medida alcanza a nuevos emisores como a los Emisores Frecuentes previamente registrados”, aclaró la CNV en un comunicado.
Asimismo, se simplifican los requisitos para los trámites de Certificados de Depósito Argentinos (Cedears) y Certificados de Valores (CEVAs) y se reemplaza el informe legal por una declaración jurada del emisor.
Por otra parte, se admite la posibilidad de sustituir dicha declaración jurada por una opinión legal externa del país de origen del emisor que se expida sobre los mismos aspectos..
De esa forma, se evita la duplicidad en la presentación de estados contables, cuando ya se encuentren disponibles públicamente en el sitio web del emisor de los valores subyacentes.
Monto de suscripción
También se actualiza el monto mínimo de suscripción para adecuarlo al contexto económico actual, facilitando colocaciones de mayor escala y evitando límites desactualizados que restrinjan operaciones viables.
Por último, se flexibilizan los plazos de difusión, reduciéndolos a un día hábil para la difusión de todas las colocaciones de valores negociables, excepto para los supuestos de refinanciación o canje, que se establece en 2 días hábiles, además de clarificar el cómputo de los plazos de difusión en todas las colocaciones de Oferta Pública.
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