Las personas en aislamiento por COVID-19, contactos estrechos y de riesgo estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de diputados y senadores

Quienes estén en aislamiento por coronavirus, contactos estrechos y de riesgo estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de este año.

Así lo determinó la Cámara Nacional Electoral (CNE) en un “protocolo sanitario” que estableció para la realización de los comicios.

Estas decisiones regirán para las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y para las generales del 14 de noviembre.

Todas las personas exceptuadas podrán tramitar el justificativo de no emisión del voto a través del portal web de la Cámara, en la sección de infracciones al acto electoral.

La CNE estableció que para el caso de las personas que pese a estar comprendidas en la justificación para no votar por alguna de las razones mencionadas vinculadas al coronavirus, quieran ejercer de todas formas su derecho a sufragar, el juez electoral del distrito que corresponda deberá “determinar el procedimiento de emisión del voto”.